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ANONIMATO DE DONANTES: ¿ESTAMOS PREPARADOS?

¿Hijos biológicos e hijos no biológicos? ¿Semen de donante, ovocito de donante y vientre de alquiler? ¿Madre gestante, ovocito de donante y padre biológico? ¿Madre gestante, madre genética, semen de donante y padre no biológico? ¿Madre biológica, padre biológico, madre gestante y padres biológicos? Son muchas las combinaciones reales actuales, pero ¿Estamos preparados para afrontarlas? ¿Hijos… y sobretodo padres?

Las nuevas técnicas de reproducción asistida imponen la evolución del concepto de familia. La ecuación familiar aumenta con la aparición de nuevos miembros y cuál debería ser el papel de cada uno presenta una gran controversia. La ONU declara en su artículo 7 sobre los derechos de los niños, el derecho a conocer sus orígenes y a ser cuidado por sus padres, en la medida de lo posible. La relatividad del término padres actual, somete éste artículo a una gran variedad de interpretaciones, permitiendo así diferentes limitaciones nacionales. Países como Inglaterra, Suecia, Austria, Alemania y Noruega prohíben el anonimato de donantes, mientras que en España y Dinamarca éstos son anónimos. Es bien conocido que los países de habla germana son aquellos con las políticas sobre técnicas de reproducción asistida más estrictas juntamente con Italia. La historia del pasado eugenésico y la iglesia católica son las causantes de dicha rigurosidad. Sin embargo, las leyes sobre el anonimato hacen pensar lo contrario, pero y ¿cómo es la legislación sobre donantes?

En España, Francia e Inglaterra está permitida la donación de semen, ovocitos y embriones. Dinamarca y Suecia considerando dispares los procedimientos de obtención de semen y ovocitos adoptan una jurisprudencia intermedia permitiendo solamente la donación de ovocitos sobrantes de ciclos, evitando así el mercado negro de ovocitos. En Alemania, Suiza y Austria únicamente es legal la donación de semen. El gobierno alemán justifica dicha prohibición como método de garantizar la identidad de la madre, ya que la división entre la maternidad genética y la biológica representa una novedad en la historia de la humanidad de la que se desconocen las consecuencias. Italia no acepta ningún tipo de donación.

No obstante, la UE no tiene las competencias necesarias para legislar sobre la reproducción asistida ni la adopción, y su libre circulación de personas permite el acceso prohibido de ciertas técnicas en segundos estado miembros. Las leyes sobre la adopción tienen un consenso generalizado, pero no es así con las técnicas de reproducción asistida.

Uno de los principales argumentos a favor del anonimato de donantes es la garantía de los donantes. Muchos estudios afirman que el no anonimato de los donantes disminuiría drásticamente la cantidad de donantes, y que éstos serían más añosos, ya casados y con hijos. El aumento de edad de los donantes supone también un incremento de anomalías genéticas. Además los sociólogos también declaran que los donantes tendrían cierto interés en crear vínculos con el hijo nacido. Sin embargo, los defensores del no anonimato declaran que la disminución de donantes implicaría una selección de aquellos verdaderamente altruistas ¿Y no es ese uno de los requisitos para donar? ¿Aceptamos más donantes incluso si estos no son desinteresados? ¿Admitiendo así la compra-venta de semen, ovocitos y embriones?

Los partidarios del anonimato no solo pretenden evitar la disminución de éstos, sino también protegerlos. Evitando así posibles reclamaciones de paternidad de los futuros hijos hacia sus progenitores genéticos (la ley excluye a los donantes de cualquier deber).

Aun así la controversia más importante nace del principio de autonomía. La libertad individual de donantes, padres e hijos se ve anulada por la de los otros. Los opositores al anonimato sostienen que la prioridad es el bienestar de los niños, y su derecho de conocer sus orígenes. El secreto sobre las circunstancias del nacimiento va en detrimento de las relaciones familiares. Asimismo es una evidencia difícil de mantener debido al parecido físico y clínico, y descubrirlo posteriormente suele crear un sentimiento de engaño familiar. Es importante remarcar, que los detractores no fusionan los conceptos conocer el origen y conocer al donante. El derecho​ a conocer no se traduce en una necesidad o una obligación, simplemente en un poder de decisión.

Antagónicamente, los defensores del anonimato sostienen que revelar la forma de concepción del hijo implica consecuencias negativas para éste. Diferentes investigaciones afirman que los padres buscan evitar un sufrimiento innecesario a sus hijos, considerando esa, una información que va en contra del bienestar e interés de su hijo; y evitando posibles asimetrías cuando existen hijos biológicos y no biológicos.

Sin embargo, existen claras diferencias en este aspecto entre las familias convencionales y las familias monoparentales u homosexuales. Siendo estas dos últimas mucho más abiertas a contar todo el proceso a sus hijos, y las primeras mucho más proclives a no hacerlo. Algunos estudios concluyen que no revelar la forma de concepción del hijo no busca la protección de éste sino la de los propios padres normalmente. Priorizando así la confidencialidad de su autonomía reproductiva al derecho de conocer los orígenes.

El principio de igualdad se ve trastocado por dos otros principios que se sobreponen uno a otro. Los derechos de unos se ven alterados por los de otros, y no todas las partes tienen el mismo poder de decisión sobre éstos. Son siempre los padres quién deciden en función de un tercero, quienes tienen el poder de decir la verdad o no. En los países donde no existe el anonimato no existe ninguna ley que obligue a los padres a informar a sus hijos de sus orígenes, por lo que ¿realmente tiene sentido el no anonimato si no hay responsabilidad de las partes implicadas? ¿Es realmente necesaria la aplicación de dicha ley? ¿Son las necesidades de hijos de adoptados extrapolables a las de hijos de donante? ¿El no anonimato genera una necesidad irreal de conocer los orígenes? ¿Puede ser un acto imprudente para una sociedad sin suficiente madurez moral? Y a su vez, ¿distintos avances tienen que ser negados por la falta de madurez social? Y finalmente, ¿Esa sería una decisión retroactiva? ¿Qué pasaría con todos los ya nacidos hijos de donantes de los que no se tiene ningún registro?

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